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Salario mínimo para el 2020: todo lo que necesitas saber

Para los españoles, el año 2020 empezó con un incremento en el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que dejó a más de uno con unas cuantas preguntas.

¿Me beneficia? ¿En qué me afecta este incremento del SMI?

Quizá la mayor preocupación es si este incremento te perjudica como trabajador y es entendible, los cambios en el sector económico suelen alertar a la población que no es tan experta en la materia.

Para suerte nuestra, la tecnología de la información y todos los dispositivos inteligentes actuales han permitido que el bombardeo de información, sobre todo a nivel económico y político, tengan una mayor receptividad. Aunado a esto, tenemos un montón de portales web que ahora se dedican a informar al ciudadano cibernauta.

¡Recuerda que ciudadano informado vale por dos!

Y partiendo de esto, hoy te ayudaremos con todo lo que necesitas saber sobre este incremento del salario mínimo interprofesional que empezó con efectos retroactivos desde el 1 de enero del 2020.

Tabla de contenidos

¿QUÉ ES EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL?

Si te encuentras activo en el mercado laboral, a través de un convenio o no, de seguro has escuchado las siglas SMI, que como ya sabemos, se definen como el Salario Mínimo Interprofesional. El cual se refiere al salario mínimo o la retribución mínima que un trabajador debe recibir por trabajar durante un período de tiempo determinado, ya sea hora, día o año, sin importar la actividad laboral en la que se desenvuelva.

El salario mínimo será establecido por una boletín oficial o un real decreto y su valor variará de acuerdo al país.

En España, para el año 2020, el salario mínimo se incrementó un 5,5% con respecto al año anterior, dejando su valor en 950 euros brutos mensuales, lo que equivale a 13.300 euros anuales divididos en 14 pagas, o también en 12 pagas estableciendo entonces una cuantía de 1.108,33 euros anuales.

INCREMENTO DEL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL

El 30 de enero de 2020 el presidente Pedro Sánchez, acompañado de la Ministra del Trabajo, Yolanda Díaz y distintos representantes de organizaciones sindicales, entre otras, firma el acuerdo que establece para el año 2020, un salario mínimo interprofesional de 950 euros brutos mensuales.

Dicho aumento equivale a un 22,3%, siendo el mayor incremento en los últimos cuatro años. Recordando que para el año 2019 el salario mínimo se trataba de una cuantía de 900 euros mensuales en las mismas 14 pagas, dando como resultado un capital anual de 12.600 euros.

Este incremento del SMI fue aprobado en un Real Decreto y dejó las siguientes cuantías:

 

SMI 2019

SMI 2020

SMI, día: 30 EUROS

SMI, día: 31,66 EUROS

SMI, mes: 900 EUROS

SMI, mes: 950 EUROS

Anual: 12.600 EUROS

Anual: 13.600 EUROS

Trabajos eventuales: 42,62 EUROS

Trabajos eventuales: 44,99 EUROS

Empleados del hogar, hora: 7,04 EUROS

Empleados del hogar, hora: 7,43 EUROS

Es importante recalcar que, bajo ningún pretexto, algunas de estas cuantías pueden ser rebajadas por convenios colectivos. Es decir, este SMI fue establecido para una jornada completa de 40 horas semanales, en caso de que se trate de un trabajador eventual o una empresa que preste servicios durante un tiempo inferior a los 120 días, se debe calcular la cuantía proporcional de acuerdo a la establecida: 44,99 euros.

Estadística: Salario mínimo interprofesional al mes en España de 2008 a 2020 (en euros) | Statista
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¿A QUIÉN AFECTA EL INCREMENTO DEL SALARIO MÍNIMO?

A dos millones de trabajadores, desde fijos hasta eventuales, temporeros y empleados del hogar, ya sea en el sector de la industria, la agricultura o los servicios, sin importar la edad y el sexo de los mismos.

Partiendo de esto, ya nos hacemos una idea de la magnitud de lo que este anuncio oficial representó, del cual se derivaron un montón de preguntas y entre ellas, una de las más importantes: ¿a quién beneficia este incremento del salario mínimo interprofesional?

¿A QUIÉN BENEFICIA EL INCREMENTO DEL SALARIO MÍNIMO?

Los beneficiados de este incremento son aquellos trabajadores que ganan menos de 950 euros mensuales y por lo tanto tienen una cuantía anual menor a los 13.300 euros. Le recordamos que el salario mínimo es la suma del salario base más una serie de complementos o bonus que ya están establecidos.

Contrastando esto, tenemos a los trabajadores que ganan más de salario mínimo mensual y, por lo tanto, ganan más de 13.300 euros anuales, los cuales no se ven afectados directamente por el incremento del SMI. Sin embargo, pueden vislumbrar un beneficio indirecto en el incremento de los límites de las indemnizaciones que abonan al Fondo de Garantía Salarial, por ejemplo.

SALARIO BASE + COMPLEMENTOS

Como mencionamos anteriormente, el salario mínimo interprofesional se calcula tomando en cuenta un salario base y una serie de compensaciones o pagos extras ya establecidos.

Este salario base es el que se encuentra fijado por el convenio laboral existente entre el trabajador y la empresa. Es mensual y a partir de este, se comenzarán a sumar las compensaciones o pagos extras hasta tener como suma mínima los 13.300 euros anuales correspondientes.

¿De qué tipo de compensaciones estamos hablando? Y sabemos que este es un tema que puede ser confuso para muchos trabajadores a la hora de calcular su salario mínimo.

Las compensaciones o pagos extras que SÍ entran en la sumatoria del salario mínimo son aquellos pagos comunes que son colectivos, es decir, todos aquellos que se pagan por igual a todos los trabajadores sin tomar en cuenta consideraciones especiales. Este tipo de pagos se expresan en una nómina de trabajo como pluses por convenio y una de las particularidades de esta compensación es que el jefe puede sumarlos al salario base para compensar alguna subida del mismo.

¿Qué hay de las horas nocturnas y el tener alguna especialización? Este tipo de pagos extras o bonus se conocen como complementos salariales e incluyen todos aquellas relacionadas al horario (turnos extras, horario nocturno) o la actividad que se realiza (saber algún idioma, tener algún título de especialista, entre otros).

Anteriormente no eran tomados en cuenta a la hora de calcular el salario mínimo interprofesional hasta que la interpretación que la Audiencia Nacional hace del artículo 2 del Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, hace referencia a que los complementos salariales sí cuentan para el cálculo del Salario Mínimo Interprofesional (Sentencia 24/05/2019- nº resolución 71/2019).

Así mismo, la Audiencia Nacional recalca que el salario mínimo se refiere al SMI, los complementos salariales, primas de producción e incentivos, en conjunto, sin que la cuantía total obtenida sea inferior a los 12.600 euros anuales establecidos para el año 2019.

Ahora con esta nueva reforma económica, en presencia del Ejecutivo, la ministra del Trabajo y distintas organizaciones sindicales, se ratifica que el salario mínimo no puede tratarse de una cuantía inferior a los 13.300 euros anuales, para trabajadores de jornadas completas (4 horas) o no. Y su validez se encuentra establecida en el artículo 26.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores:

“Mediante la negociación colectiva o, en su defecto, el contrato individual, se determinará la estructura del salario, que deberá comprender el salario base, como retribución fijada por unidad de tiempo o de obra y, en su caso, complementos salariales fijados en función de circunstancias relativas a las condiciones personales del trabajador, al trabajo realizado o a la situación y resultados de la empresa, que se calcularán conforme a los criterios que a tal efecto se pacten. Igualmente se pactará el carácter consolidable o no de dichos complementos salariales, no teniendo el carácter de consolidables, salvo acuerdo en contrario, los que estén vinculados al puesto de trabajo o a la situación y resultados de la empresa”.

¿POR QUÉ SUBIR EL SALARIO MÍNIMO?

De acuerdo a los objetivos establecidos por el gobierno socialista de Pedro Sánchez, se pretende alcanzar un incremento del 60% del salario mínimo con respecto al salario medio para finales de su período. Es por ello que se vislumbra este incremento de un 5.5% con respecto al SMI del año pasado, el cual era de 900 euros mensuales pero que, con respecto al año 2007, se trata de un incremento de casi 400 euros; para ese momento el SMI se establecia en unos 655,20 euros mensuales .

Recordando el choque económico que representó el incremento del 22% que supuso ese salto entre los 735,90 euros mensuales en el 2018 hasta los 900 establecidos para el año 2019, el Gobierno de Pedro Sánchez anuncia que prevén otro incremento del SMI en el presente año, pues su meta es alcanzar los 1.200 euros mensuales.

Otra de las razones en las que el gobierno incurre en este incremento es que, gracias a este, ocurre una disminución drástica en la brecha salarial existente entre hombres y mujeres en España, así mismo, «contribuye a superar situaciones de pobreza y propiciar estabilidad y cohesión social».

Adoptando el incremento bajo el criterio de «dinamizar la demanda interna y el consumo para generar más crecimiento y empleo» el gobierno justifica estas acciones que, para algunos expertos, suponen el comienzo de una economía difícil de controlar por las administraciones públicas, mejor conocido como una economía sumergida.

¿Qué opinan los expertos del incremento del SMI?

Algunos expertos consideran que este incremento, a pesar de ser mucho menor que el realizado entre el 2018 y 2019; el cual tuvo un gran impacto en el sector empresarial, supone un paso más para acercar a la economía española en lo que Unión Europea establece como un salario medio europeo.

El tiempo no ha pasado en vano en España ya que el país europeo se ha ido recuperando con el paso del mismo, sin embargo, es importante recordar que las ventajas de estos incrementos tienden a difuminarse cuando aún existe más de un millón de parados que en el año 2008.

Además de las razones mencionadas anteriormente, se suma que este incremento permite alcanzar un objetivo muy importante: el derecho a una remuneración equitativa que sea suficiente para que el trabajador adquiera una vida digna. El cual, de acuerdo al Comité Europeo de Derechos Sociales, establece que esta remuneración se sitúa en el 60% del salario medio de los trabajadores.

SUELDO MÍNIMO POR REGIONES

Para nadie es un secreto que la recuperación de España ha sido sectorizada y una prueba de ello es como ya existen comunidades que poseen un salario mínimo que rebasan ese 60% con respecto al salario medio. A continuación les presentamos las CCAA:

COMUNIDAD AUTÓNOMA

% DE SMI

Galicia

61,6%

Castilla y León

60,9%

Extremadura

67,6%

Castilla La Mancha

63,2 %

Andalucía

62,1%

Murcia

62,4%

Comunidad Valenciana

62,3%

Islas Baleares

60,4%

Estas nueve comunidades superan el 60% del sueldo medio y dichos datos fueron extraídos del artículo “El salario mínimo ya supera el 60% del sueldo medio en nueve comunidades” por Pablo Cerezal.

¿HAY EXCEPCIONES EN LAS QUE NO AFECTA EL INCREMENTO DEL SMI?

Pero sí, a pesar de los dos millones de trabajadores que se ven afectados por el incremento del SMI, existen dos excepciones a los que no aplica esta nueva reforma económica.

• A las normas de las Comunidades Autónomas y Ceuta y Melilla que toman como punto de referencia o indicador el salario mínimo interprofesional para designar los niveles de renta o ser un requisito para optar por prestaciones, ayudas o servicios públicos.

• A cualquiera de los pactos acordados en contratos de naturaleza privada que se encuentren vigentes para el 5 de febrero del 2020 y que tomen como indicador el salario mínimo interprofesional a referencia de algún acuerdo.

Además de lo antes expuesto, existe mucha más información con respecto a lo que es el SMI y si supone o no un beneficio para la comunidad española. Si bien a lo largo del año comenzaremos a ver los análisis de especialistas con experiencia en materia económica, este incremento en el SMI ya es una realidad innegable que aunque nos acerque más a la cuantía establecida por el Comité Europeo de Derechos Sociales, para algunos españoles los actuales 950 euros mensuales todavía suponen un ingreso insuficiente para poder disfrutar a plenitud lo que es el derecho a una vivienda o vida digna. ¿Consideras necesario otro incremento del SMI en el año 2020?

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