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¿Cómo cancelar los antecedentes penales?

Hay conductas por insignificantes que parezcan que, a través de los ojos de la Ley, son considerados como delitos.

Estas conductas no avaladas por la justicia son penadas o sancionadas tomando en consideración distintos factores como la gravedad del asunto cometido o las circunstancias personales del acusado.

El Código Penal vigente (entrado en vigor desde el 2015) presenta una serie de artículos para hablar sobre las penas o sanciones que reciben los ciudadanos al haber incurrido en conductas que afecten la convivencia entre los mismos. Así mismo, cómo llevar a cabo distintos procedimientos penales.

Sabiendo esto, esas conductas que son consideradas como delitos, serán registrados en un formato denominado certificado de antecedente penal. Dichos delitos pueden llegar a ser cancelados una vez que la persona haya cumplido la sentencia asignada por el Juez y cumpliese con los requisitos necesarios expresados en artículo 136 del Código Penal.

Tabla de contenidos

¿QUÉ SON LOS ANTECEDENTES PENALES?

Es el registro asignado a una persona que es condenada por la comisión de un delito. El documento se encuentra en el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia y dicho ente permitirá que la persona pueda acceder a su registro delictivo una vez haya cumplido la totalidad de la sentencia asignada.

Para nadie es un secreto que la creación de este expediente puede ser un impedimento para las personas que deseen continuar con sus vidas normalmente, sobre todo a la hora de buscar trabajo.

Lo bueno del asunto es que los antecedentes penales no son para siempre y la persona tiene el derecho de solicitar la cancelación de los mismos luego de un período de tiempo establecido que dependerá de la gravedad del delito cometido. Una vez cumplido este plazo de espera, la persona podrá formalizar la solicitud.

Ministerio de Justicia

¿CÓMO CONOCER TUS ANTECEDENTES PENALES?

Algunos lugares de trabajo solicitan a las personas el certificado de antecedentes penales, otros no. Lo bueno es que la tecnología ha facilitado muchos de estos procedimientos o solicitudes y debido a esto es posible realizarlas a través del correo electrónico o por internet en el sitio web del Ministerio de Justicia.

Por supuesto, también es posible solicitar el certificado de antecedentes penales de forma presencial, para ello debe hacer lo siguiente:

  1. Dirigirse a cualquiera de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia en España, no es necesario que se trate de la gerencia correspondiente al domicilio del solicitante. En caso de no tener idea de cuál es la Gerencia Territorial más cercana, dirigirse al portal del Ministerio de Justicia para corroborar las direcciones de todas y así visitar la de su preferencia.
  2. Solicitar el impreso 790, este un formato donde se deben rellenar algunos datos, así mismo se indica el monto de un importe o tasa obligatorio.
  3. Pagar la tasa a través de los bancos estipulados en el impreso 790.
  4. Una vez pagada la tasa, dirigirse nuevamente a la Gerencia Territorial portando el documento de identidad para así realizar la solicitud formal del Certificado de Antecedentes Penales.
  5. La certificación del documento es inmediata, es decir, se entregará de inmediato a la persona que lo solicite.

Formulario 790

CANCELACIÓN DE ANTECEDENTES PENALES

La solicitud de un certificado de antecedentes penales es bastante sencilla y la obtención del documento es relativamente rápida pero la situación cambia cuando se refiere a la cancelación de los delitos registrados en dicho documento.

Para llevar a cabo este procedimiento es necesario conocer el nivel de gravedad del delito cometido de acuerdo a lo establecido por la Ley, más específicamente el Código Penal.

Así mismo, la gravedad del delito designará un plazo de espera a cumplir para poder optar por la cancelación de los antecedentes penales, este corresponde un requisito necesario.

Los plazos de espera se encuentran estipulados en el Código Penal, más específicamente en el artículo 136; este código fue modificado y entró en vigor en Julio del año 2015, en el se presentan los siguientes plazos de espera:

  • Seis meses para las PENAS LEVES.
  • Dos años para las PENAS MENOS GRAVES, es decir, aquellas que no excedan los 12 meses de condena y las adjudicadas por delitos imprudentes.
  • Tres años para el resto de las PENAS MENOS GRAVES, especificando aquellas que son inferiores a los 3 años de condena.
  • Cinco años para el resto de las PENAS MENOS GRAVES, especificando aquellas superiores a los 3 años de condena.
  • 10 años para las PENAS GRAVES.

¡No solo basta con cumplir la totalidad de la condena! Es importante destacar que el derecho a la cancelación de antecedentes penales será otorgado a aquellas personas que NO HAYAN COMETIDO ACTOS DELICTIVOS durante los plazos de espera antes mencionados.

certificado de antecedentes penales, ejemplo

¿CÓMO CONOCER LA GRAVEDAD DEL DELITO COMETIDO?

El Código Penal en su artículo 33 establece la categorización de los delitos cometidos de acuerdo a la gravedad del mismo, explicandolo de la siguiente forma:

PENAS LEVES

  • La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de tres meses a un año.
  • La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de tres meses a un año.
  • La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo inferior a seis meses.
  • La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de un mes a menos de seis meses.
  • La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de un mes a menos de seis meses.
  • La multa de 10 días a dos meses.
  • La localización permanente de un día a tres meses.
  • Los trabajos en beneficio de la comunidad de uno a 30 días.

PENAS MENOS GRAVES

  • La prisión de tres meses hasta cinco años.
  • Las inhabilitaciones especiales hasta cinco años.
  • La suspensión de empleo o cargo público hasta cinco años.
  • La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de un año y un día a ocho años.
  • La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a ocho años.
  • La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo de seis meses a cinco años.
  • La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de seis meses a cinco años.
  • La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de seis meses a cinco años.
  • La multa de más de dos meses.
  • La multa proporcional, cualquiera que fuese su cuantía, salvo lo dispuesto en el apartado 7 de este artículo.
  • Los trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 180 días.
  • La localización permanente de tres meses y un día a seis meses.
  • La pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social, cualquiera que sea su duración.

PENAS GRAVES

  • La prisión superior a cinco años.
  • La inhabilitación absoluta.
  • Las inhabilitaciones especiales por tiempo superior a cinco años.
  • La suspensión de empleo o cargo público por tiempo superior a cinco años.
  • La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a ocho años.
  • La privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo superior a ocho años.
  • La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo superior a cinco años.
  • La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo superior a cinco años.
  • La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo superior a cinco años.
  • La privación de la patria potestad.

¿LA RESPONSABILIDAD CIVIL ES UN REQUISITO?

En el proceso penal, una responsabilidad civil corresponde a la obligación que tiene la persona que ha cometido un delito de reparar monetariamente las consecuencias o daños causados por el delito cometido.

Con el Código Penal anterior, el cual estuvo en vigor desde el 1 de Octubre del 2004 hasta el 30 de Junio del 2015, era un requisito el hecho de que el reo o acusado tuviese cancelada su responsabilidad civil para poder llegar a solicitar la cancelación de sus antecedentes penales, sin embargo, la modificación y entrada en vigor del nuevo Código Penal desde Junio del 2015 hasta la actualidad, NO REQUIERE LA CANCELACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL PARA EFECTUAR LA CANCELACIÓN DE LOS ANTECEDENTES PENALES.

Algunos consideran que suprimir este requisito supone un flexibilización para con los acusados, sin embargo, es importante destacar que una de las modificaciones de gran peso en el nuevo Código Penal es la extensión considerable en los plazos de espera, llegando a alcanzar hasta los 10 años para penas graves.

El apartado VI del «Preámbulo» de la Ley Orgánica 1/2015 en el Código Penal, especifica lo siguiente: »Con la reforma, se modifica el artículo 136 del Código Penal para facilitar el procedimiento de cancelación de los antecedentes penales, suprimiendo la exigencia del informe del juez o tribunal sentenciador y el requisito de la constancia del pago de la responsabilidad civil o la insolvencia del penado«.

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MODIFICACIONES EN EL CÓDIGO PENAL CON RESPECTO A LOS ANTECEDENTES PENALES

Otra de las modificaciones en el Código Penal (vigente desde el 2015) con respecto al proceso de cancelación de antecedentes penales son las consecuencias derivadas a un delito y una falta.

¿Cuál es la diferencia entre una y otra? ¿La falta supone la apertura o inscripción de antecedentes penales? Estas son algunas de las preguntas más comunes, debido a esto explicaremos la diferencia entre una falta y un delito.

Lo cierto es que ambos términos se refieren a conductas antijurídicas, es decir, que van contra la Ley. La diferencia radica en que una »falta« es considerada una pena de menor gravedad y que por lo tanto, deriva consecuencias menores, por otra parte, un »delito« es considerado una pena grave que supone sentencias como penas de prisión que superen los tres meses, con multas de más de dos meses, trabajos en beneficio de la comunidad de más de treinta días, entre otros.

El Código Penal del año 2004 especificaba que las faltas o infracciones menores no suponían la inscripción del expediente conocido como antecedentes penales. Esto ha sido erradicado en la modificación y entrada en vigor del nuevo Código Penal (2015), el cual desaparece dichas infracciones menores y convierte algunas en infracciones administrativas o en delitos o penas leves, como las mencionadas anteriormente. Esto quiere decir que las infracciones leves sí aperturan el registro delictivo de una persona y por lo tanto, pueden optar por la cancelación del mismo una vez cumplidos los requisitos antes expuestos.

Además de los artículos citados en este post, las modificaciones realizadas en otros apartados del Código Penal han vuelto más estrictas las regulaciones para así evitar situaciones inadecuadas y facilitar procedimientos que en algunos casos, resultaban un tanto engorrosos. Conducir sin el carnet o licencia es una conducta que no se debe frecuentar y debido a esto, es considerado un delito grave que, de acuerdo al nuevo Código Penal, requiere de la apertura de antecedentes penales.

Si te encuentras durante el plazo de espera lo más recomendable es mantenerse en contacto con tu abogado para llevar con detenimiento todos los avances del caso, se trate de una pena leve o no.

Lo cierto es que muchas de estas modificaciones han sido fáciles de adoptar a la vida cotidiana de los españoles, sin embargo, es normal que en otras se necesite de ayuda especializada para ser comprendidas por aquellos no especialistas en la materia.

No dudes en buscar asesoría jurídica en caso de que la necesites, los trámites legales pueden llegar a ocasionar muchos dolores de cabeza aun cuando se trata de procedimientos sencillos.

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