Que una persona culmine o deje un puesto de trabajo trae consigo una serie de quehaceres para la empresa contratante. En esta etapa se ponen sobre la mesa obligatoriamente algunos documentos o términos que es posible que hayas escuchado anteriormente, o quizá no; uno de ellos es el “finiquito”, el cual es frecuentemente confundido con la “indemnización”.
A pesar de que ambos se refieren a la realización de un abono por parte de la empresa hacia el trabajador, el contexto en el que ambos son aplicados difieren completamente. ¿Qué es el finiquito? ¿Qué es la indemnización? ¿Cuál de los dos se ajusta a mi situación laboral?
Un ciudadano informado es un ciudadano que vale por dos. Es por ello que, a través de este artículo, esperamos responder las preguntas más comunes al momento de dar de baja a un trabajo en una empresa, ya sea por renuncia, despido, finalización del contrato laboral, entre otras razones.
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¿QUÉ ES EL FINIQUITO?
El finiquito es un documento que expresa detalladamente las cantidades que la empresa debe abonar al trabajador por el tiempo de trabajo realizado en la misma, sin importar el contexto o la forma en la que el trabajador ha abandonado el puesto de trabajo; ya sea en un despido, que el trabajador renuncie al puesto de trabajo, la finalización de un contrato fijo o un contrato temporal, entre otros.
Es importante destacar que las empresas tiene la obligación de presentar este documento, el cual se titula como recibo de saldo y finiquito, que además de detallar las cantidades adeudadas para con el empleado, dejar por escrito, con aprobación de ambas partes, la extinción de la relación laboral en cuestión.
El finiquito es una prueba concluyente de que el contrato laboral ya no existe y, por lo tanto, se elimina la posibilidad de algún reclamo o denuncia entre ambas partes.
FINIQUITO VS. INDEMNIZACIÓN
Ya sabemos lo que es recibo de saldo y finiquito, entonces… ¿por qué es tan frecuentemente confundido con la indemnización?
A pesar de que ambos se refieren al abono de cantidades por parte de la empresa, a diferencia del finiquito, la indemnización es aplicada únicamente cuando la extinción del contrato laboral se haya realizado a instancias de la empresa y no del trabajador.
Hay distintos tipos de indemnización pero la que es confundida con el finiquito se le conoce como indemnización por despido. La variación del documento el cual también se trata de un abono, dependerá de los distintos contratos laborales existentes, teniendo entonces indemnizaciones por fallecimiento del trabajador, por despido, por la extinción a instancias del trabajador por cambio realizados por el empresario e inclusive por muerte, incapacidad y jubilación del empresario.
Ahora que ya sabemos la diferencia entre un término y otro, y entendemos cuál de los dos es el que se ajusta a tu situación, sabiendo que el finiquito es el documento que involucra a ambas partes, hoy te enseñaremos cómo calcular el finiquito de forma sencilla.
¡Toma papel, lápiz, una calculadora y manos a la obra!
PASOS PARA CALCULAR EL FINIQUITO
Este es un cálculo que realizan las empresas y las cantidades finales están expresadas en este documento que conocemos como recibo de saldo y finiquito. Igualmente es posible que tú como empleado puedas calcularlo para cerciorarte que todo marcha tal y como debe ser.
El cálculo para el finiquito es sencillo pero para el mismo necesitarás de algunos datos como:
El salario del último mes
Los días de vacaciones a los que se tiene derecho pero no se han disfrutado
Los pagos extras que se hayan generado pero que aún no se han pagado
Las cantidades finales de estos datos irán expresadas en el documento y para el cálculo de cada una de ella se debe hacer lo siguiente:
Cómo calcular el salario de tu último mes de trabajo
Primero hay que calcular el salario diario del trabajador en ese último mes, para ello hay que dividir el salario bruto entre 30, por tratarse de los 30 días que trae el mes.
En caso de que al salario mensual se le adicione algún pago extra, este debe ser adicionado al salario bruto.
Entonces sería:
Salario diario = salario mensual + pago extra en el mes (si existe) / 30
En caso de que el trabajador no haya cumplido un mes completo se multiplicará el salario diario obtenido por la cantidad de días que trabajó.
Cómo calcular las vacaciones pendientes
Que el trabajador reciba días libres es un derecho que está contemplado en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores:
“1. El periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales”.
Es decir, un trabajador tiene derecho a 30 días de vacaciones por año trabajado y el período de tiempo para gozar las mismas serán acordadas entre el jefe y el trabajador. Es importante destacar que este período de tiempo de descanso debe ser notificado con dos meses de anticipación y el mismo debe iniciar en un día laboral.
Al tratarse de un derecho, es una obligación por parte del contratante y por lo tanto, las vacaciones no pueden ser intercambiadas por horas de trabajo o para trabajar por otra persona.
Así mismo, existen situaciones económicas que le impiden al trabajador estar sin empleo por un mes entero, es entonces cuando se recurre a dividir los treinta días de vacaciones en dos o tres períodos. Esto es completamente legal y está especificado en la Ley:
“El período de vacaciones anuales será de treinta días naturales, que podrá fraccionarse en dos o más períodos, si bien al menos uno de ellos será, como mínimo, de quince días naturales consecutivos”. (Artículo 9, Num. 7, Real Decreto 1620/2011).
Durante este período de tiempo no laboral se te pagará tu salario como si estuvieses trabajando y sí, eso incluye también las comisiones que recibes. Es por ello que, al tratarse de un derecho, si dejas un puesto de trabajo y aún no se ha cumplido el año de trabajo, el contratante tiene la obligación de pagar las vacaciones que te has ganado hasta la fecha.
Para determinar el número de vacaciones no gozadas hasta la fecha tienes que dividir los treinta días vacacionales a los que tienes derecho entre los 12 meses del año. Esto daría como resultado:
Número de vacaciones no gozadas = 2.5 días por mes
Para calcular el número de vacaciones pendientes que deben pagarte en caso de terminar tu contrato laboral tienes que multiplicar el tiempo que llevas laborando (meses o días) por los 2.5 días mensuales de vacaciones.
Por ejemplo, si llevas 6 meses trabajando, serían:
6 x 2.5 = 15 días de vacaciones pendientes
El pago por vacaciones pendientes sería entonces los quince días de vacaciones pendientes multiplicado por el salario diario, el cual hemos explicado cómo calcularlo en el apartado anterior.
Quedando entonces la sencilla ecuación en:
Pago por vacaciones pendientes = (tiempo laborado x 2.5) x salario diario
Cómo calcular los pagos extras
En España se realizan dos pagos extras correspondientes a navidad y verano. El primero de ellos debe pagarse el 1 de enero del año entrante y el segundo a partir del 1 de julio del mismo año.
Estos beneficios extras se encuentran establecidos en el Estatuto de Trabajadores en el artículo 31, el cual detalla lo siguiente:
“El trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores. Igualmente se fijará por convenio colectivo la cuantía de tales gratificaciones. No obstante, podrá acordarse en convenio colectivo que las gratificaciones extraordinarias se prorrateen en las doce mensualidades”.
Como está expresado en el artículo, la cantidad pagada no tiene un límite máximo y la misma debe ser establecida en un acuerdo entre el jefe y el trabajador. Por otro lado, a pesar de no tener un límite máximo, sí sabemos que este beneficio extra tiene que ser como mínimo el salario mensual recibido.
Cuando se refiere a que “las gratificaciones extraordinarias se prorrateen en las doces mensualidades” quiere decir que existe un acuerdo que abona un pago extra cada mes de trabajo, además del salario mensual regular, correspondiente a una parte del pago extra total acordado.
A pesar de la Ley establece que los pagos extras pueden ser prorrateados mensualmente, esto es muy poco común, siendo lo más frecuente el que los empleados reciban dos pagos en lo que va de año: uno en el mes de diciembre y uno en el mes de junio, ya sea a principio o a final del mes.
EL PAGO EXTRA EN UN FINIQUITO
Es evidente que para recibir la paga en navidad debes haber laborado hasta el mes de diciembre y para optar por la de verano, haber laborado en verano. Pero si este no es el caso, al tratarse de un beneficio respaldado por la Ley, su obligatoriedad es un hecho y por lo tanto, es posible calcular el pago extra correspondiente a la cantidad de días laborados hasta el momento del despido o la renuncia.
Es importante destacar que si la paga extra ha sido abonada mensualmente en conjunto con el salario mensual, el cálculo de la misma no estará reflejada en el documento del que hablamos hoy en día: el finiquito.
Para calcular la parte proporcional debes tener como dato principal el valor del pago extra acordado con la empresa, este será multiplicado por la cantidad de días laborados y dividido entre los días correspondientes al pago extra.
Esto se expresa de la siguiente forma:
Pago extra proporcional = (valor del pago extra x días laborados hasta la actualidad) / días correspondientes al pago extra
Los días correspondientes al pago extra dependerá de si es el beneficio abonado en navidad o el abonado en verano.
Para entenderlo de forma más sencilla, utilizaremos la ecuación anterior en el siguiente ejemplo:
Te contratan el 1ero de marzo del presente año, recibes un sueldo de 1.000 EU pero por motivos personales renuncias al trabajo el 25 de junio del mismo año.
Aunque no se haya cumplido un año o un semestre, puedes calcular el pago proporcional correspondiente a los días que si laboraste.
Desde el 1ero de febrero hasta el 25 de junio han transcurrido 117 días, a pesar de haberse cumplido el semestre, la empresa debe abonar el pago extra proporcional a los días trabajados durante el mes de junio, es decir, verano. Sabiendo esto:
Pago extra proporcional = 1.000 EU x 117 días laborados / 180 días
Pago extra proporcional = 650 EU
Los 180 días corresponden al período de pago extra que es semestral, en caso de que se trate del beneficio correspondiente al mes de diciembre, los días correspondientes al pago extra serían 360.
El recibo de saldo y finiquito es un derecho que tiene todo trabajador sin importar las razones por las que el contrato laboral ha sido clausurado, ya sea voluntario o involuntario. Ahora ya sabes cómo calcular todas las partes involucradas en este documento, tanto el salario del último mes, las vacaciones pendientes o los pagos extras. A pesar de que cada una de ellas es calculada por la empresa contratante siempre es bueno que el trabajador, además de trabajar, entienda el valor de su trabajo y cuánto realmente le corresponde.
Como sabemos que en la red podemos encontrar la ayuda necesaria para comprender todos los derechos laborales que poseemos como trabajadores, debes saber que hay calculadoras online para determinar el finiquito de tu contrato laboral, tan solo debes colocar en el buscador ¡y listo!
Ya sea en por ti mismo o con la ayuda de esta herramienta online, puedes calcular las deudas pendientes que te corresponden por haber trabajado cierto tiempo en cualquier lugar de trabajo.
Asegúrate de entender lo que te corresponde por derecho ya sea buscando en la Ley o en internet ¡Como lo prefieras!